Evaluación transparencia

Actualizado 16 de febrero de 2022

Ley Canaria de Transparencia

¿Qué es la Ley Canaria de Transparencia?

La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, en adelante Ley Canaria de Transparencia, tiene por objeto la regulación de la transparencia de la actividad pública y del ejercicio del derecho de acceso a la información pública en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Con la presente ley se recoge en el ordenamiento autonómico la regulación de los instrumentos necesarios para la transparencia administrativa, con el convencimiento de que la misma resulta imprescindible para la consecución de un mejor servicio a la sociedad.

Por otra parte, la ley se ajusta a la legislación básica contenida en la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (Ley estatal), pero al mismo tiempo lleva a cabo su desarrollo esencialmente en materia de publicidad de la información.

¿Cuál es su ámbito de aplicación?

En cuanto a su ámbito subjetivo de aplicación comprende tanto la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias como las entidades públicas y privadas vinculadas o dependiente de la misma, esto es:

  1. a) La Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  2. b) Los organismos autónomos, entidades empresariales y demás entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de dicha Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  3. c) Las fundaciones públicas, sociedades mercantiles y consorcios que se integran en el sector público de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en la Ley de la Hacienda Pública Canaria.
  4. d) Los cabildos insulares y los ayuntamientos, los organismos autónomos, entidades empresariales, fundaciones, sociedades mercantiles y consorcios vinculados o dependientes de los mismos, así como las asociaciones constituidas por cualquiera de los anteriores, en los términos establecidos en la disposición adicional séptima.
  5. e) Las universidades públicas canarias.
  6. f) Las asociaciones constituidas por la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los demás organismos y entidades previstos en este apartado.
  7. Asimismo, en la actividad sujeta al Derecho Administrativo, será aplicable a:
  8. a) El Parlamento de Canarias, en los términos de la disposición adicional cuarta.
  9. b) El Diputado del Común, la Audiencia de Cuentas de Canarias y el Consejo Consultivo de Canarias, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional quinta.
  10. c) El Consejo Económico y Social.
  11. d) Las corporaciones de Derecho Público.

¿Qué obligaciones recoge esta ley?

La obligación de publicar determinado tipo de información (se establece en su título II) con las adaptaciones que sean precisas, de los partidos políticos, organizaciones sindicales y empresariales así como a las demás entidades privadas que perciban durante el período de un año ayudas o subvenciones públicas financiadas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias, cuando las ayudas o subvenciones que perciban superen los 60.000 euros o cuando las mismas representen al menos el 30% del total de sus ingresos anuales siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros.

Y, finalmente, la obligación de suministrar información de las personas físicas y jurídicas que presten servicios públicos, ejerzan potestades administrativas o tengan vinculación contractual con los organismos y entidades públicas sujetas a la ley.

Ley Canaria de Transparencia
Evaluación 2020

Después de realizar la primera evaluación del nivel de transparencia de nuestra entidad, el resultado de este análisis en el año 2020 ha obtenido una nota de 8,59 sobre 10 según la normativa estatal, y un 8,27 según la IT de Canarias.

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Evaluación 2021

En este segundo año de evaluación del Nivel de Transparencia, el resultado de este análisis correspondiente a 2021 ha sido de Sobresaliente. La entidad ha obtenido una nota de 9,44 sobre 10 en la evaluación de la Ley Estatal y un 9,12 sobre 10 en el IT de Canarias superando los resultados del año anterior y poniendo en valor nuestro compromiso con la mejora continua.

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Evaluación 2022

En este tercer año de evaluación del Nivel de Transparencia, el resultado de este análisis correspondiente a 2022 ha sido de Sobresaliente. La entidad ha obtenido una nota de 10 sobre 10 en la evaluación del IT de Canarias superando los resultados del año anterior. Seguimos poniendo en valor nuestro compromiso con la mejora continua.

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Para más información:

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